La resolución de la Suprema Corte sobre el embargo de Afores
El máximo tribunal de justicia ha emitido un fallo sin precedentes que permite la retención de los recursos acumulados en las cuentas de ahorro para el retiro. Esta medida se aplicará específicamente a aquellas personas que incumplan con sus responsabilidades de manutención infantil.
De acuerdo con las autoridades judiciales, la protección que habitualmente blinda la subcuenta de cesantía, vejez y retiro no es de carácter absoluto. Por lo tanto, estos fondos carecen de inmunidad constitucional cuando existen demandas formales para garantizar el sustento de los menores.
El interés superior de la infancia frente al derecho patrimonial
La postura del tribunal subraya que el bienestar de los infantes y adolescentes tiene prioridad sobre los derechos económicos del trabajador respecto a su futuro financiero. Se argumentó que, de impedir esta acción legal, se estaría otorgando al deudor la potestad de decidir si cumple o no con sus obligaciones familiares, una situación inaceptable para el deber estatal de proteger a la infancia.
Requisitos para aplicar el embargo por pensión alimenticia
Para que los fondos destinados al retiro puedan ser intervenidos, deben cumplirse escenarios muy específicos. La condición principal es que la persona demandada carezca de un empleo formal y no posea otro tipo de propiedades o bienes que puedan ser sujetos a una retención legal.
Límites permitidos en la subcuenta de retiro por desempleo
Las autoridades establecieron que la afectación a los ahorros no será total. Solo se podrá retener la proporción equivalente a lo que un trabajador inactivo tendría derecho a retirar voluntariamente ante la falta de empleo.
Este tope corresponde a la cantidad que resulte menor tras calcular setenta y cinco días del salario base percibido durante los últimos cinco años de cotización, o bien, el diez por ciento del saldo total disponible en la subcuenta.
Procedimiento que deben seguir los jueces
Los impartidores de justicia tienen la obligación de verificar minuciosamente la situación económica del deudor antes de aprobar cualquier acción sobre el ahorro para el retiro. Es fundamental comprobar la falta de ingresos regulares y la inexistencia de un patrimonio alterno.
Si se confirma la ausencia de otros recursos, se procederá primero a retener el capital de las aportaciones voluntarias que superen el equivalente a veinte veces el salario mínimo anual. Solo como última alternativa se afectarán los fondos de la subcuenta principal, respetando siempre los topes máximos autorizados para los retiros por carencia laboral.
